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Se duplican las peticiones de retirada urgente de contenido sexual o violento de Internet

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Las reclamaciones gestionadas por el Canal Prioritario para retirar de forma urgente el contenido sexual o violento de Internet se duplicaron durante 2022. Se trata de un canal puesto a disposición de los ciudadanos por parte de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en la que se puede solicitar el borrado de este tipo de contenidos publicados sin el consentimiento de las personas que aparecen en ellos. En total, se han realizado 51 intervenciones y en el 84% de los casos se suprimieron los contenidos sensibles que vulneraban la privacidad. Posteriormente, se pueden emprender acciones de tipo legal.

El Canal Prioritario es un sistema que persigue la difusión ilegítima de contenidos especialmente sensibles. El foco está puesto concretamente en menores de edad y otros colectivos que pueden ver vulnerados sus derechos por la publicación no consentida de información, imágenes, vídeos o audios íntimos o en los que se aprecia violencia.

En total, en 2022 hubo 255 reclamaciones recibidas en la AEPD por medio del Canal Prioritario, un 57% más que las registradas un año antes. Las comunicaciones a través del canal de menores se redujeron un 22%, con un total de 167 frente a las 215 registradas en 2021. Las entradas recibidas por este canal aumentaron un 12%, según los datos de la Memoria Anual 2022.

Para facilitar que los menores comuniquen este tipo de prácticas, recientemente se flexibilizaron los requisitos de las denuncias con la creación de un formulario abierto. De este modo, no es necesario presentar un certificado digital, que podía suponer una barrera para las denuncias.

Las reclamaciones tratadas por vía urgente se duplicaron en 2022. | Memoria Anual 2022 de la AEPD

Cada caso que llega a través del Canal Prioritario se analiza para determinar si debe ser tratado como sensible. De ser así, se tramita con carácter de urgencia. En el resto de casos, también se puede continuar su tramitación, aunque ya por la vía ordinaria debido a que no tienen relación con contenidos especialmente sensibles.

Desde la Unidad de Educación y Menores de la AEPD se detalla que se han tratado como consultas 34 de las 38 reclamaciones derivadas desde el Canal Prioritario que fueron recibidas en el acceso de 14 a 17 años. El motivo fue que no cumplían con los requisitos necesarios para su admisión en dicho canal.

Gestión urgente en el Canal Prioritario

Según los datos de la Memoria Anual 2022 de la AEPD que ha revisado THE OBJECTIVE, el total de casos tramitados por
vía urgente a través del Canal Prioritario creció un 107%.

Cuando se comprueba que se trata de un caso especialmente sensible, es decir, que contiene imágenes de violencia o contenido sexual que afecta gravemente a la intimidad de las personas, se realiza una intervención de urgencia. El objetivo es adoptar medidas provisionales que permitan salvaguardar el derecho fundamental a la protección de los datos personales de las personas afectadas, más aún si se trata de menores de edad.

En este paso es fundamental la colaboración de los proveedores de servicios para la retirada de los contenidos sensibles con la mayor inmediatez posible. La retirada de este tipo de publicaciones se ha concretado en el 84% de los casos.

Cuando las intervenciones no han tenido buenos resultados y, por tanto, no se ha retirado el contenido, el principal motivo es que los proveedores se localizan fuera del territorio europeo. «La principal dificultad que se enfrenta para lograr la supresión es la identificación o respuesta satisfactoria por parte de responsables que se encuentran establecidos en terceros países fuera de la UE», señala el documento que se ha publicado recientemente.

Denuncia de contenido sexual o violento en los colegios

No sólo los afectados o sus padres pueden actuar. También lo pueden hacer los colegios. Aquellos centros que tengan conocimiento de este tipo de contenidos en los que aparezcan menores pueden presentar la reclamación a través de su coordinador de bienestar y protección del alumnado. Entre sus funciones está la de comunicar de forma inmediata a las agencias de protección de datos de aquellas situaciones que puedan implicar un tratamiento ilícito de datos de carácter personal de los menores de edad.

Para presentar esta reclamación, el coordinador debe describir con el mayor detalle posible las circunstancias en las que se ha producido la publicación del contenido. También debe indicar que la publicación afecta a menores de edad matriculados en el centro educativo, si es el caso, además de identificar al alumno cuyos datos se publican en abierto, el contenido del que se solicita la retirada (vídeos, fotografías, audios, información) y los perfiles sociales a través del que se ha publicados. Asimismo, deberá indicar las distintas direcciones web de acceso.

Si se ha denunciado la publicación ante Policía, Guardia Civil o Fiscalía, se deberá dejar constancia adjuntando la copia de la denuncia. También debe indicar si se ha solicitado previamente la retirada a las redes sociales o prestadores de servicios. Si es así, habrá que incluir la copia de la solicitud y de la respuesta obtenida.

Desde la AEPD se han realizado diversas acciones de sensibilización para dar a conocer el Canal Prioritario y facilitar la eliminación de fotos y vídeos en Internet, en las distintas redes sociales y motores de búsqueda. Ejercer el derecho de supresión ante la plataforma es un paso previo para que la Agencia pueda realizar la reclamación correspondiente. En todo caso, estas compañías deben dar respuesta a la solicitud de eliminación de contenidos en el plazo de un mes desde la recepción. Aquí hay una guía para ejercer este derecho de supresión.


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